Reglamento de IA

Artículo 50: cuándo avisar de que se habla con una IA y cómo etiquetar el contenido generado

Desde el 2 de agosto de 2026 se aplica el artículo 50 del Reglamento (UE) 2024/1689, el de las obligaciones de transparencia. Es el artículo que decide si tu chatbot tiene que presentarse como una IA, si esa imagen generada para una campaña necesita una etiqueta y si un artículo escrito con ayuda de IA debe decirlo. Son cuatro obligaciones distintas, dos para proveedores y dos para quien usa los sistemas, y saber en cuál estás es la mitad del trabajo.

Proveedor o deployer: por qué importa

El proveedor es quien desarrolla el sistema de IA o lo pone en el mercado con su nombre o su marca. El responsable del despliegue, o deployer, es quien lo usa bajo su autoridad. Una pyme que contrata un chatbot a un proveedor y lo integra tal cual en su web es deployer. Pero el artículo 25 del Reglamento tiene una trampa: si le pones tu marca al sistema o lo modificas de forma sustancial, pasas a ser proveedor, con todas las obligaciones de proveedor.

El ejemplo típico es el chatbot en marca blanca. Contratas un asistente conversacional, le cambias el nombre por «Asistente de [tu empresa]», le das tu logo y lo presentas como producto propio a tus clientes. Para el Reglamento, ese chatbot lo has puesto tú en el mercado. Te tocan las obligaciones de proveedor del artículo 50.1 y, si genera contenido, las del 50.2. Si solo lo integras sin rebrandearlo, el proveedor sigue siendo el original y tú respondes de las obligaciones de deployer.

Las cuatro obligaciones en una tabla

ApartadoQuiénQué obligaDesde
50.1ProveedorDiseñar el sistema para que la persona sepa que interactúa con una IA, salvo que sea evidente.2-ago-2026
50.2ProveedorMarcar técnicamente (en formato legible por máquina) el audio, imagen, vídeo o texto generados.2-ago-2026; transitoria hasta 2-dic-2026 para sistemas ya comercializados
50.3DeployerInformar a las personas expuestas a reconocimiento de emociones o categorización biométrica.2-ago-2026
50.4DeployerEtiquetar deepfakes y textos de interés público generados por IA, salvo revisión editorial.2-ago-2026

50.1: avisar de que se habla con una IA

El sistema debe diseñarse de forma que la persona sepa que está interactuando con una IA, salvo que resulte evidente para una persona razonablemente informada. En la práctica, un mensaje inicial del tipo «Soy el asistente virtual de [empresa], una inteligencia artificial. Si prefieres hablar con una persona, escribe ‘agente'» cumple. No vale esconderlo en la política de privacidad ni ponerlo en letra pequeña al final. Y si el chatbot atiende por WhatsApp o por teléfono con voz sintética, el aviso debe llegar por ese mismo canal.

Aunque la obligación formal es del proveedor, como deployer te conviene comprobarlo porque el aviso lo ve tu cliente en tu web, y porque las directrices finales de la Comisión, publicadas el 20 de julio de 2026, esperan que el deployer no desactive ni oculte ese aviso.

50.2: marcado técnico del contenido sintético

Los proveedores de sistemas que generan audio, imagen, vídeo o texto deben marcar las salidas en un formato legible por máquina (metadatos, marcas de agua u otras técnicas) para que se pueda detectar que son artificiales. Para los sistemas que ya estaban en el mercado el 2 de agosto de 2026 hay un periodo transitorio hasta el 2 de diciembre de 2026, y la interoperabilidad de las soluciones de detección se exige desde el 2 de febrero de 2027. La Comisión publicó el 10 de junio de 2026 un Código de buenas prácticas de marcado, de adhesión voluntaria.

Para una pyme que solo usa estas herramientas, la tarea es sencilla: preguntar al proveedor si sus salidas llevan marcado y no eliminarlo al procesar el contenido. Si has convertido una herramienta en producto propio con tu marca, el marcado pasa a ser responsabilidad tuya.

50.3: reconocimiento de emociones y categorización biométrica

Si usas un sistema que reconoce emociones o clasifica a personas por rasgos biométricos, debes informar a las personas expuestas y tratar sus datos conforme al RGPD. La mayoría de las pymes no llegan aquí, porque el reconocimiento de emociones en el trabajo y la educación ya está prohibido por el artículo 5 desde el 2 de febrero de 2025, salvo por razones médicas o de seguridad. El 50.3 cubre los usos que quedan fuera de esa prohibición, por ejemplo en atención al cliente, y ahí el aviso es obligatorio.

50.4: deepfakes y textos de interés público

Primera parte: si generas o manipulas imágenes, audio o vídeo que parecen reales (personas, lugares, hechos que no ocurrieron así), tienes que indicar que el contenido se ha generado o manipulado artificialmente. Un vídeo promocional con un portavoz sintético, una foto «de producto» creada por IA que imita una fotografía real o un audio con una voz clonada entran. Una ilustración claramente artística o un icono generado, no. La etiqueta debe ser visible en la primera exposición: un texto sobre la imagen, una mención al inicio del vídeo, una nota en el audio. En una obra evidentemente creativa o satírica basta con una indicación que no estorbe.

Segunda parte: si publicas un texto generado por IA para informar al público sobre asuntos de interés público, debes indicarlo. Aquí está la excepción que más interesa a las empresas: no hace falta etiqueta si el texto ha pasado una revisión humana o un control editorial y una persona física o jurídica asume la responsabilidad editorial de su publicación.

Tres ejemplos con texto. Un artículo del blog de tu empresa sobre novedades fiscales, redactado con IA, revisado por tu asesor y firmado por él: no necesita etiqueta, hay control editorial con responsable. Una nota de prensa sobre una obra pública que tu agencia publica tal cual sale del modelo, sin que nadie la lea: necesita etiqueta. Una descripción de producto en tu tienda online generada por IA: no es información al público sobre un asunto de interés público, así que el 50.4 no aplica, aunque sigues respondiendo de que sea veraz.

Sanciones y quién vigila

El incumplimiento del artículo 50 puede llegar a 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocio anual mundial; para las pymes se aplica el importe menor (art. 99.6). En España la autoridad que imponga esas multas y el procedimiento los fija el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la IA, que a 15 de septiembre de 2026 sigue en el Congreso. Mientras no esté en el BOE, la AESIA no tiene régimen sancionador; ha publicado unas FAQ sobre el artículo 50 que conviene leer. Lo que sí puede llegar hoy es una reclamación de un consumidor engañado o una actuación de la AEPD si el chatbot o el deepfake tratan datos personales sin base.

Checklist de transparencia

Antes de empezar, decide si eres deployer o si, por rebrandear o modificar un sistema, te has convertido en proveedor. Luego repasa esto.

  1. Todos tus chatbots y asistentes de voz se presentan como IA en el primer mensaje y en el canal en que atienden.
  2. El usuario tiene una vía clara para hablar con una persona.
  3. Has preguntado a cada proveedor de IA generativa si sus salidas llevan marcado técnico y cuándo lo tendrán (transitoria hasta el 2 de diciembre de 2026).
  4. No eliminas metadatos ni marcas de agua al editar o publicar contenido generado.
  5. Las imágenes, vídeos y audios generados que parecen reales llevan una indicación visible desde la primera exposición.
  6. Los textos generados por IA sobre asuntos de interés público pasan revisión humana con un responsable editorial identificado, o llevan etiqueta.
  7. Si usas reconocimiento de emociones o categorización biométrica fuera del trabajo y la educación, informas a las personas expuestas.
  8. Todo esto está anotado en tu inventario de sistemas de IA y en la política de uso.

Si no sabes si tu chatbot te ha convertido en proveedor, el diagnóstico gratuito de Gobernaia te lo aclara con unas pocas preguntas. Y para ver el artículo 50 dentro del calendario completo, tienes la guía del calendario del AI Act para pymes.

Fuentes

Última revisión: 15 de septiembre de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento jurídico.