Sí: usar ChatGPT en tu empresa es legal. No es una práctica prohibida ni convierte a tu negocio, por sí solo, en un sistema de «alto riesgo». Pero en cuanto lo usas para trabajar activas obligaciones del Reglamento (UE) 2024/1689 que ya están en vigor: la alfabetización en IA del artículo 4 (desde el 2 de febrero de 2025) y, si el resultado de la IA llega a clientes o usuarios, la transparencia del artículo 50 (desde el 2 de agosto de 2026). A eso se suma el RGPD en cuanto metes datos personales en el chat. Esta página explica qué te obliga hoy, qué no y qué hacer.
¿Es legal usar ChatGPT en la empresa?
Legal, sí. El Reglamento de IA no prohíbe los asistentes de IA generativa de uso general como ChatGPT. Tu empresa actúa como usuario (deployer) de un modelo de IA de propósito general, no como su proveedor. Las obligaciones más pesadas del modelo —documentación técnica, gestión de riesgos sistémicos— recaen sobre OpenAI, no sobre ti. Lo que sí asumes tú son las obligaciones de quien usa la herramienta en un contexto profesional.
Qué te obliga hoy
- Alfabetización en IA (art. 4, en vigor desde el 2/2/2025). Las personas que usan ChatGPT en tu empresa deben tener formación suficiente para entender qué hace, sus límites y sus riesgos. No es un curso oficial: es formación proporcionada y documentada. Guardar quién se formó y cuándo es tu evidencia.
- Transparencia (art. 50, en vigor desde el 2/8/2026). Si el texto, la imagen o la voz que genera ChatGPT llega a clientes o usuarios —un chatbot en la web, respuestas automáticas, contenidos publicados—, tienes que dejar claro que hay IA detrás. El contenido generado o manipulado debe ir marcado como artificial.
- RGPD. En cuanto escribes datos personales de clientes, empleados o terceros en el chat, aplica protección de datos: base legal, información y minimización. Evita pegar datos identificables salvo que uses un entorno con garantías.
- Confidencialidad y secretos. No es IA, pero cuenta: no vuelques información confidencial, código propietario o datos de clientes en la versión estándar sin control sobre dónde acaban.
Cuándo ChatGPT pasa a «alto riesgo»
El uso corriente (redactar, resumir, traducir, generar ideas) no es de alto riesgo. Sí lo es si lo usas para decidir sobre personas en los ámbitos del Anexo III: cribar currículos o seleccionar personal, evaluar o promocionar empleados, o valorar solvencia. Ahí entran las obligaciones del artículo 26 para usuarios de sistemas de alto riesgo, cuya aplicación está fijada para el 2 de diciembre de 2027. Si ChatGPT toca esas decisiones, trátalo como alto riesgo desde ya: supervisión humana real y registro de lo que hace.
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Lo que NO te aplica
- No eres «proveedor» de un modelo de IA: no tienes que documentar ni evaluar el modelo de OpenAI.
- Si no expones resultados de IA a clientes ni usas la IA para decisiones sobre personas, no te aplican ni el artículo 50 ni el Anexo III: te queda la alfabetización (art. 4) y el RGPD.
- La alfabetización no exige una certificación oficial ni un proveedor concreto.
Riesgos concretos y cómo evitarlos
- Fuga de datos: no pegues datos personales o confidenciales en la versión estándar; usa entornos empresariales con control de datos.
- Errores e invenciones («alucinaciones»): revisa siempre lo que genera antes de usarlo con un cliente o para decidir.
- Propiedad intelectual: el contenido generado puede parecerse a obras existentes; revísalo antes de publicarlo.
- Falta de aviso: un chatbot o un contenido sin indicar que es IA incumple el artículo 50.
Checklist para usar ChatGPT sin sustos
- Registra quién usa IA y dale formación básica (art. 4).
- Si expones IA a clientes, añade el aviso de transparencia y marca el contenido (art. 50).
- No metas datos personales sin base legal ni información (RGPD).
- Si la IA toca selección de personal o solvencia, aplica supervisión humana y trátalo como alto riesgo.
- Ten un dossier con fecha de todo lo anterior por si te lo piden.
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Fuentes
- Reglamento (UE) 2024/1689 (Reglamento de IA): artículo 4 (alfabetización), artículo 50 (transparencia), artículo 26 y Anexo III (alto riesgo).
- Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), artículo 22 (decisiones automatizadas).
- Calendario de aplicación vigente tras el paquete «Digital Omnibus»: alto riesgo del Anexo III desde el 2 de diciembre de 2027.
Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento jurídico. La normativa de IA evoluciona; comprueba las fechas antes de tomar decisiones.
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